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TRABAJAR DURANTE LOS FERIADOS DE SEMANA SANTA 13 Y 14 (2017)

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    Admin
  • 12 abr 2017
  • 1 Min. de lectura

Quienes trabajen los siguientes jueves 13 y viernes 14 de Abril 2017 deberán gozar De un descanso sustitutorio que compense los días feriados que han sido efectivamente laborados previo acuerdo o recibir su sueldo con una sobretasa del 100% respecto a la labor efectivamente realizada.

El incumplimiento de este derecho laboral puede oscilar entre los 5 UIT (S/. 20,250) y los 10 UIT (S/. 40,500). Cabe resaltar que las multas impuestas por SUNAFIL, en el marco de un proceso inspectivo, son destinadas directamente a sancionar alguna infracción laboral que pudiera haber sido cometida por los empleadores; así ningún porcentaje de dichas sanciones económicas deberán ser asumidas por los trabajadores.

También es necesario resaltar que en caso que los trabajadores tengan un horario de trabajo que implique prestar servicios de forma regular los días sábados, les corresponderá asistir a su centro de labores, en caso contrario, estarían incurriendo en una inasistencia injustificada. No obstante, los empleadores podrían declarar el sábado como día no laborable compensable.

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