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Días no laborables a nivel de Lima y Callao, Sector Público y Privado en noviembre de 2016

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    Admin
  • 13 ago 2016
  • 2 Min. de lectura

La realización del APEC 2016, el Perú recibirá aproximadamente 5000 visitantes en noviembre del presente año;

Que, dada la importancia de este Foro es necesario adoptar medidas de diversa naturaleza para la atención y seguridad de los visitantes, por lo que resulta conveniente declarar días no laborables sujetos a horas de trabajo compensables o recuperables, en Lima Metropolitana (Lima y sus distritos) y Provincia Constitucional del Callao, los días en que se realizará el evento, a fin de facilitar la implementación de tales medidas;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú:

DECRETA:

Artículo 1.- Días no laborables

Declarar días no laborables, a nivel de Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao, para los trabajadores de los Sectores Público y Privado, los días jueves 17, viernes 18 y sábado 19 de noviembre de 2016.

Para los fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles.

Artículo 2.- Compensación de horas

En el sector público, las horas dejadas de laborar durante los días declarados no laborables, serán compensadas en los quince días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el Titular de cada entidad pública, en función a las necesidades de la entidad.

En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

Artículo 3.- Supuesto de excepción

Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del Sector Público adoptarán las medidas necesarias para garantizar a la comunidad, durante los días no laborables establecidos en el presente Decreto Supremo, la provisión de aquellos servicios que resultan indispensables.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente de Consejo de Ministros, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.

Fuente: Diario el Peruano

 
 
 

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