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LEY 30334: ELIMINA DESCUENTO DE GRATIFICACIONES Y AUTORIZA DISPONER CTS.

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    Admin
  • 24 jun 2015
  • 2 Min. de lectura

Hoy se publicó la Ley Nº 30334, mediante la cual dispone la exoneración de descuentos a las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, además de la reducción del monto intangible de la compensación por tiempo de servicios (CTS) a cuatro sueldos en forma permanente. Esta norma que busca reactivar la economía, fue promulgada por el Poder Legislativo y firmada por su titular, Ana María Solórzano, estando vigente desde hoy. Asimismo, refiere que se aplicará tanto a los regímenes laborales del sector público, como a aquellos a los que se ajustan los servidores civiles bajo el alcance de la Ley del Servicio Civil.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL), indica que la inafectación de descuentos para las gratificaciones comprende las contribuciones y aportes al Seguro Social de Salud (Essalud, AFP, ONP y Senati); mas no del impuesto a la renta (IR), a cargo de los trabajadores, así también, los trabajadores de la actividad privada, en julio y en diciembre, recibirán un sueldo de gratificación más el 9% que los empleadores dejarán de aportar a Essalud.

Agrega que en el caso de los trabajadores afiliados a una empresa prestadora de salud (EPS), la bonificación extraordinaria no será el 9%, sino el 6.75% del monto de la gratificación.

La norma dispone que los trabajadores puedan retirar libremente el 100% del excedente de las cuatro últimas remuneraciones brutas percibidas respecto de la CTS que tengan depositada. Por ello, se tendrá en cuenta el monto de la última remuneración percibida y corresponderá a los empleadores comunicar a las entidades financieras depositarias la cifra intangible de cada trabajador, refiere la disposición.

Finalmente, se debe tener presente que la gratificación sí está afecta a los descuentos del impuesto a la renta para los trabajadores que perciben más de 26,950 nuevos soles al año.

Fecha de publicación: 25-06-2015

Fuente: Diario El Peruano

http://www.elperuano.com.pe/NormasElperuano/2015/06/24/1254952-1.html

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